Nuevo Estatuto universitario: derechos clave para estudiantes extranjeros en España
Publicado · 22 de octubre de 2026

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este 22 de octubre el Real Decreto 855/2026, que aprueba el nuevo Estatuto del Estudiantado Universitario. La norma fue aprobada el 21 de octubre y entra en vigor el 23 de octubre de 2026.
El Estatuto se aplica al estudiantado de universidades públicas y privadas españolas, tanto en modalidades presenciales como no presenciales. Incluye enseñanzas oficiales de grado, máster y doctorado, además de formación permanente, aunque las universidades pueden concretar el alcance de determinados derechos en títulos no oficiales.
## Protección frente a la discriminación
Uno de los puntos de interés para la comunidad venezolana es que el texto reconoce el derecho a la igualdad de trato y a no sufrir discriminación, entre otros motivos, por origen o nacionalidad. La protección se integra en un marco más amplio que también contempla la edad, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, la discapacidad, la religión y otras circunstancias personales o sociales.
No se trata de un régimen especial para extranjeros: son derechos comunes a todo el estudiantado universitario en España. Precisamente por eso, una universidad no puede excluir a un alumno de estas garantías por ser venezolano o por tener otra nacionalidad.
## Trabajo, salud mental y desconexión digital
El nuevo Estatuto reconoce el derecho a conciliar los estudios con la actividad laboral, de acuerdo con las normas de cada universidad y con la organización de las enseñanzas. En la práctica, este reconocimiento puede ser especialmente relevante para quienes combinan la universidad con un empleo, aunque no supone automáticamente la elección de cualquier horario ni modifica las condiciones de una autorización de extranjería.
También recoge el acceso gratuito y accesible a servicios universitarios de atención y orientación psicológica y de salud mental. A esto se añade la orientación socioprofesional para facilitar la transición desde los estudios hacia el empleo.
En el ámbito digital, el alumnado tendrá derecho a la desconexión fuera de los horarios académicos, salvo comunicaciones urgentes relacionadas con la docencia o situaciones de emergencia. El Estatuto también exige que las herramientas digitales empleadas por las universidades respeten los derechos del estudiantado.
## Información sobre alojamiento y vivienda asequible
La norma encomienda a las universidades promover el acceso a un alojamiento digno y suficiente. Deberán facilitar información sobre opciones disponibles y, cuando corresponda, colaborar con bolsas de vivienda de las ciudades.
Si existen alojamientos universitarios, sus plazas deberán asignarse mediante procedimientos transparentes y criterios objetivos. El texto también insta a impulsar fórmulas de alojamiento asequible. Esto no equivale a garantizar una vivienda a cada estudiante, pero sí refuerza la obligación de informar y de aplicar criterios claros.
## ¿Qué deben revisar los estudiantes venezolanos?
Quienes ya estudian o planean matricularse en España pueden consultar en su universidad:
- Los servicios de atención psicológica y orientación socioprofesional. - Las normas de conciliación para estudiantes que trabajan. - Los canales y horarios de comunicación académica. - La oficina de alojamiento, residencias o bolsas de vivienda disponibles. - Los protocolos frente al acoso, la violencia y las conductas suicidas.
Las universidades que todavía no dispongan de protocolos de prevención y actuación frente al suicidio, el acoso o la intimidación deberán elaborarlos en un plazo máximo de seis meses. Además, cuentan con hasta doce meses para adaptar su normativa, estructuras y servicios al nuevo Estatuto.
El real decreto no modifica por sí solo las reglas de visado, estancia por estudios, permiso de trabajo, matrícula o acceso a becas. Cada estudiante debe comprobar esos requisitos en la convocatoria o procedimiento oficial que le corresponda.
## Fuente oficial
- [Real Decreto 855/2026, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiantado Universitario (BOE)](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21955)
*Imagen ilustrativa generada con IA.*